Lo justo e injusto de los estándares de las medidas reparación integral que dicta la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Autor principal:
José luis chuquizala viera (USAL)
Programa:
Sesión 7, Sesión 7
Día: viernes, 12 de julio de 2019
Hora: 09:00 a 10:45
Lugar: Aula 206

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha desarrollado varios estándares o parámetros para la reparación integral de los derechos fundamentales, constitucionales o humanos que hayan sido vulnerados. Sin embargo estos estándares se ven inmersos en dos realidades: lo justo y lo injusto de su aplicación. Son justas en virtud de que son determinadas previos a un exhaustivo análisis de los daños que ha sufrido la víctima y por tanto la reparación procura en estricto sentido que la víctima vuelva a gozar de ese derecho que le ha sido privado y que los daños desaparezcan. Por otro lado, es injusta por dos razones: a) Por que la víctima no es escuchada para saber cómo quiere que se le repare el derecho; y b) Es injusta cualquier medida de reparación debido a que la víctima en ocasiones debe transitar hasta por diez años o más para que sus derechos sean re establecidos. En esta última realidad es mucho más complejo entender si en realidad son eficaces las medidas de reparación, pues puede darse el caso, que el retardo de reparación a un derecho provoque una lesión más grave a la víctima, y por tanto eso ya no constituiría un verdadera reparación y la víctima tiene un sentimiento que injusticia.

Palabras clave: MEDIDAS DE REPARACIÓN, SENTIMIENTO DE JUSTICIA, CORTE IDH.