Bienes comunes: una mirada desde la nueva ruralidad.

Autor principal:
Yamile Rivera Romero (Universidad Internacional Menéndez Pelayo)
Programa:
Sesión 8, Sesión 8
Día: viernes, 9 de julio de 2021
Hora: 11:00 a 12:45
Lugar: Online

Los cuestionamientos entorno a la conducta o comportamiento seguido por un individuo y su interacción con los demás miembros de una comunidad o los elementos de su entorno; en específico, con el medio ambiente natural, no son sólo una comprobación de la existencia de diferentes tipos de relaciones (i.e. hombre-hombre y hombre- naturaleza) que albergan aspectos morales, sino que renuevan la importancia de realizar un análisis de los elementos propios del principio de racionalidad económica que soportan el comportamiento de los agentes económicos.  La racionalidad económica ha transformado al ser humano en homo economicus, despojándolo de su relación simbólica con la naturaleza para someterlo a la acción mecánica de las leyes del mercado. Esta postura, bastante reduccionista, desconoce que “la interrelación entre el hombre y la biodiversidad es infinita. Por tanto, se establece que existe un rompimiento entre “los procesos naturales (las leyes de la ecología y la entropía) y los procesos sociales (una racionalidad económica y social)” (Leff, 2011, p. 26). Luego, pareciera que el valor otorgado por un individuo al medio ambiente (o recursos naturales) está soportado en sus preferencias; esto es, el valor (en su acepción económica) de un recurso natural estaría dado en función del impacto, derivado de su consumo o uso, que éste tenga sobre su función de utilidad o beneficio, según sea su rol: consumidor o productor (Martínez y Roca, 2015).

 

No obstante, lo anterior, se abre la posibilidad de que las elecciones económicas, tomadas por los individuos o miembros de una sociedad, no respondan de forma exclusiva a las señales emitidas por el mercado, sino que también, incorporen los estímulos provenientes del entorno jurídico, social, moral y político; esto es, del entorno institucional. En este sentido, se establece que “la racionalidad económica [si bien] no puede subsumirse dentro de las leyes biológicas, [debe procurar…] incorporar los derechos colectivos, los intereses sociales y las normas institucionales para el manejo participativo y democrático de los recursos naturales” (Leff, 2004, p. 138). En este escenario se inscriben los bienes comunes naturales, donde la propiedad colectiva o común, hace referencia “un arreglo (…) en el que un grupo de usuarios de recursos comparten derechos y deberes frente a un recurso. (….) Se refieren por lo tanto a las instituciones sociales y no a las cualidades inherentes naturales o físicas (…)”. (McKean, 2000, citado en Guerrero y Gómez, 2014, p. 73).  De conformidad con el contexto presentado, surge el interés por indagar: ¿cómo la propiedad colectiva (institución social) garantiza el uso sostenible de los bienes comunes, evitando su deterioro en el largo plazo?.

 

Así, esta investigación tiene como objetivo analizar el papel que desempeñan las estructuras de derechos de propiedad sobre el uso sostenible de los bienes comunes (énfasis en recurso hídrico), desde el enfoque de nueva ruralidad.  Esto, permite observar (importancia de esta investigación), entre otros aspectos, la actuación de los agentes económicos (ciudadanos -usuarios), bajo un escenario de propiedad colectiva, y de esta forma: i) describir los procesos de maximización seguidos por los agentes económicos, bajo un escenario de propiedad colectiva; ii) determinar el uso económico que se le está otorgando a los bienes comunes y iii) identificar las fallas de los actuales esquemas de propiedad colectiva de los bienes comunes naturales (énfasis en recurso hídrico).

Palabras clave: Bienes comunes, agua, derechos de propiedad, racionalidad económica, servicios ecosistémicos, conflictos socioambientales

No existe texto completo | Volver a GT 6 The rural-urban cleavage